TABLA DE CONTENIDO

RESUMEN EJECUTIVO
EXECUTIVE SUMMARY
INTRODUCCIÓN
OBJETIVOS
METODOLOGÍA
RESULTADOS
1. Características de la Muestra Utilizada para el Desarrollo del Documento
2. Países representados
3. Lista General de Instituciones
4. Ámbito de Trabajo de las Instituciones
5. Antigüedad y Misión de las Instituciones Analizadas
6. Principales Proyectos sobre Biodiversidad que son Ejecutados por las Instituciones Analizadas
7. Características Informáticas Básicas de las Instituciones Analizadas
Tecnologías Informáticas Relevadas
8. Aspectos que Condicionan la Participación de las Instituciones Analizadas en la Red.
Tipo de Organización
9. Autorización para Compartir Información sobre Biodiversidad
10. Herramientas Legales que Gobiernan el Acceso y la Liberación de Información sobre Biodiversidad
11. Políticas Institucionales que Gobiernan el Acceso y la Liberación de Información sobre Biodiversidad
12. Políticas al Respecto de la Propiedad de la Información Estratégica sobre Biodiversidad
13. Otros Aspectos que Gobiernan el Acceso a la Información sobre Biodiversidad: Costos y Tipo de Acceso
14. Repatriación de Información sobre Biodiversidad
15. Requerimientos Legales o Administrativos para Participar de un Proceso de Repatriación de Información Nacional sobre Biodiversidad
16. Requerimientos Institucionales para Intercambiar Información sobre Biodiversidad con los Miembros de la RED
17. Acuerdos Nacionales o Internacionales que Pudiera Restringir el Funcionamiento de la RED en los Países
18. Características de la RED
19. Requisitos para Validar la Información que Circulará por la RED
BIBLIOGRAFÍA
SITIOS WEB VISITADOS
ANEXO NO. 1: CUESTIONARIO
ANEXO NO. 2: DIRECTORIO
ANEXO NO. 3: MISIÓN INSTITUCIONAL
ANEXO NO. 4: PROGRAMAS Y PROYECTOS INSTITUCIONALES
ANEXO NO. 5: CARACTERISTICAS INFORMÁTICAS
ANEXO NO. 6: AUTORIDADES NACIONALES
ANEXO NO. 7: HERRAMIENTAS JURÍDICAS

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12. Políticas al Respecto de la Propiedad de la Información Estratégica sobre Biodiversidad

12.1 Resultados y Análisis

En relación a las políticas institucionales al respecto de la propiedad de la información de carácter estratégico sobre biodiversidad, el 50% (13) de las instituciones analizadas indicó que en su institución no existe ningún tipo de políticas a éste respecto; un 34,6% (9) señaló que existen políticas implícitas y el 15,4 % (4) de las instituciones analizadas indicó que poseen políticas explícitas.

Cuadro No. 11: Comparación, por Tipo de Institución, de la Existencia de Políticas Institucionales, y su Tipo, al Respecto de la Propiedad de la Información Estratégica sobre Biodiversidad

Tipo de Política

Tipo de Organización

No Existe

%

Políticas Implícitas

%

Políticas Explícitas

%

Organizaciones Gubernamentales

7

27

4

15,4

2

7,8

Organizaciones No Gubernamentales

6

23

4

15,4

1

3,8

Organizaciones Académicas

-

-

1

3,8

-

-

Organizaciones Mixtas

-

-

-

-

1

3,8

Total

13

50

9

34,6

4

15,4

A continuación se encuentran los comentarios expresado por las instituciones analizadas, al respecto de las políticas institucionales en relación con la información estratégica sobre diversidad biológica.

La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad -CONABIO- de México señaló que las políticas institucionales al respecto antedicho, pueden ser de carácter implícito o explícito. Las de carácter implícito se fundamentan en varios de los artículos del Convenio sobre Diversidad Biológica (1992). En tanto que las políticas explícitas, se rigen por las políticas internas de CONABIO, por los tópicos considerados en los convenios firmados por la institución, por los tópicos que rigen a las instituciones académicas o proveedoras de la información y por el reglamento de la Red Mexicana de Información sobre Biodiversidad -REMIB-.

El Instituto Nacional de Biodiversidad -INBio- de Costa Rica, señaló que la institución posee políticas explícitas al respecto de la propiedad de la información sobre biodiversidad con carácter estratégico, las mismas que están basadas en los convenios interinstitucionales firmados y en la Ley de Biodiversidad.

La Autoridad Nacional del Ambiente -ANAM-, de Panamá, indicó que al tiempo de elaboración del presente documento, las políticas existentes al respecto de la propiedad de la información estratégica sobre biodiversidad son implícitas, y que se encuentra en elaboración la reglamentación de la Ley 41/98 de creación de la ANAM, en la cual es probable que se encuentre alguna directriz al respecto del tema.

Siempre al respecto del mismo tema, la Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza -ANCÓN-, de Panamá, señaló que las políticas institucionales son implícitas y que este tipo de información sólo se ofrece, si el solicitante expresa formalmente su intención de usarla para investigación básica y se compromete a mantenerla fuera del alcance inmediato de aquellas personas que puedan utilizarla con fines que puedan poner en peligro la conservación de la biodiversidad.

El Instituto Alexander von Humboldt, de Colombia, indicó al respecto de las políticas institucionales sobre la propiedad de la información sobre biodiversidad de carácter estratégico, que el acceso es restringido a la información básica, pero que la misma se encuentra disponible en forma agregada. En algunos casos, el Instituto solicita el consentimiento previo del propietario original de la información.

Si bien el Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA-, de Perú, señaló que no existen políticas a este respecto, indicó que la Decisión 345 de la Comisión Andina de Naciones al respecto del "Régimen Común de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales", y el Decreto Supremo No. 008-96-INTINCI "Reglamento de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales", podrían ofrecer algún tipo de directriz en este sentido.

El Centro de Datos para la Conservación -CDC-, del Perú, señaló que con relación a la propiedad de información estratégica sobre biodiversidad, siempre ha respetado la autoría de la información, o la propiedad intelectual si la hubiere. Igualmente, siempre se han reconocido los créditos por la información generada por científicos de otras instituciones. Y si es que los generadores de la información han establecido reservas sobre la difusión de cierta información, ésta reserva es respetada.

El Centro de Datos para la Conservación -CDC- de Ecuador, indicó que las políticas implícitas de la institución a este respecto, dependen del organismo solicitante, del tipo de información, del uso que se le dará, y de las probables implicancias para otras instituciones nacionales.

La Fundación Amigos de la Naturaleza Noel Kempff -FAN-, de Bolivia, señaló que institucionalmente no poseen ningún tipo de políticas a este respecto, y que en todo caso, es política de la institución la protección razonable y temporal de cualquier derecho que con esfuerzo institucional hubiera sido ganado para y hasta la obtención de resultados financieros, o de otro tipo, en beneficio del país, comunidades relacionadas, etc. Asimismo, indicó que el Código de Acceso a Recursos Genéticos dentro del Marco del Acuerdo de Cartagena, podría arrojar algún tipo de directriz al respecto del tema consultado.

La organización Guyrá Paraguay, ONG dedicada a la conservación de las aves y sus hábitats, indicó que no existen políticas institucionales al respecto del tema de la propiedad de la información de carácter estratégico sobre biodiversidad, y que las mismas se van desarrollando según van surgiendo las necesidades.

Y finalmente, la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable –SRNyDS- de la Argentina, señaló que hasta el momento no se han desarrollado acciones específicas sobre el tema consultado. De la misma forma indicó que la SRNyDS preside la Comisión Nacional Asesora para la Conservación y Utilización Sustentable de la Diversidad Biológica, entre cuyas funciones se encuentra la de asesorar a la Autoridad de Aplicación (SRNyDS) en todos aquellos aspectos relacionados con la implementación de la ley 24.375 y el Convenio sobre Diversidad Biológica.

12.2 Conclusiones y Recomendaciones

El escenario de las políticas relacionadas con la propiedad de la información estratégica sobre biodiversidad, se presenta exactamente dividido en la mitad: 50% de las instituciones analizadas, manifestaron no poseer políticas al respecto, y el otro 50%, manifestó positiva la existencia de políticas relacionadas con el tema. Lo peculiar de este 2do. porcentaje es que más de la mitad de las instituciones analizadas manifiesta que la existencia de estas políticas es implícita. En otro orden de cosas, no se observa un comportamiento diferenciado entre las organizaciones gubernamentales y las no gubernamentales.

El tema de la propiedad de la información estratégica sobre biodiversidad, es relativamente nuevo para los países y las instituciones, puesto que recien a partir del Convenio sobre Diversidad Biológica, el aspecto de "propiedad" cobró un estado público y es objeto de debate.

Básicamente, las instituciones analizadas, gerencian el tema bajo los siguientes criterios:

  • Contemplan los artículos de la Convención sobre Diversidad Biológica, que se encuentran relacionados al tema, en aquellos países en donde el Convenio posee ratificación;
  • Colocan cláusulas específicas al respecto, en los convenios interinstitucionales que celebran para la realización de proyectos o programas relacionados con el tema;
  • Utilizan cláusulas provenientes de reglamentos de la institución con la cual celebran el convenio, siempre y cuando estas se adecuen al tema de la propiedad;
  • Interpretan y utilizan legislación nacional relacionada, directa o indirectamente, con el tema;
  • El acceso a los datos de este tipo, puede ser restringido, o limitado por acuerdos, cuando va a ser utilizado con fines comerciales; y
  • Solicitan autorización o consentimiento previo al generador de la información, que en varios países es considerado el propietario de la misma.

Salvo el INBio de Costa Rica, el Centro de Datos para la Conservación del Ecuador y la Fundación Amigos de la Naturaleza de Bolivia, en las demás instituciones no se observa una posición definida al respecto de la propiedad de la información estratégica sobre biodiversidad, y en líneas generales éste depende del grado de experiencia que las instituciones han tenido con el tema.

Como recomendación final al respecto, son importantes dos aspectos:

  • Realizar el fortalecimiento institucional a este respecto en las instituciones potenciales miembros de la RED; y/o
  • Diseñar, en los convenios a celebrarse entre las instituciones y la RED, cláusulas bien específicas a este respecto, con base a la experiencia existente en las instituciones y los convenios que las mismas ya han celebrado.

 

13. Otros Aspectos que Gobiernan el Acceso a la Información sobre Biodiversidad: Costos y Tipo de Acceso

13.1 Resultados y Análisis

COSTOS. Al respecto del pago por acceder a información sobre biodiversidad, un 51,7% (15) de las instituciones que respondió a la encuesta, manifestó que la misma era gratuita, mientras que un 48,3% (14) de las mismas respondió que dependiendo de la situación la misma podía ser cedida gratuitamente, o que la concesión de la información podía tener un costo. Ninguna de las instituciones analizadas señaló que la única forma de obtención era con costo.

Cuadro No. 12: Comparación, por Tipo de Institución, del Acceso a la Información sobre Biodiversidad. Costo

Tipo de Organización

Gratuita

%

Con Costo

%

Ambos

%

Organizaciones Gubernamentales

8

27,6

-

-

7

24,1

Organizaciones No Gubernamentales

6

20,7

-

-

6

20,7

Organizaciones Académicas

-

-

-

-

1

3,5

Organizaciones Mixtas

1

3,4

-

-

-

-

Total

15

51,7

0

0

14

48,3

A continuación se encuentran los comentarios expresados por las instituciones analizadas, al respecto del tema de cobro por el acceso a la información sobre biodiversidad.

La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad -CONABIO-, de México, señaló que la información no tiene un costo preestablecido. Asimismo, en aquellos casos en los cuales se cobra por la provisión de la información, para el cobro, se considera sólo el "costo de recuperación". El costo de recuperación se establece según la magnitud del tiempo de los recursos humanos que son distraídos de sus actividades específicas, y la infraestructura física utilizada, para la producción de la información. La información generada es gratuita para los proveedores mismos de los datos con los cuales se elaboró la información, y para el sector gubernamental. Asimismo, indicó que para el sector privado, la información no es gratuita.

El Instituto Nacional de Ecología, de México, indicó que existe un costo por la preparación de publicaciones especiales, como asimismo por la preparación de información en soportes informáticos (disquetes magnéticos o compact discs), pero existe acceso gratuito a ésta información de la institución través del Centro Documental del Instituto.

El Instituto Nacional de Biodiversidad -INBio-, de Costa Rica, indicó que existen "costos nominales" por la entrega de fotografías aéreas e información en formato digital. La bibliografía señala que el INBio es una de las experiencias existentes en Latinoamérica al respecto de la "venta" de "información" sobre biodiversidad, a través de un complejo mecanismo de "royalties".

La Autoridad Nacional del Ambiente -ANAM-, de Panamá, indicó que es la información mapeada sobre el estado de la biodiversidad, la que posee un costo.

La Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza -ANCON- y su centro de Datos para la Conservación, de Panamá, señaló que generalmente se le asigna un costo nominal a la información que se pide para desarrollar aquellos proyectos o investigaciones privadas, en los cuales el solicitante al final espera obtener beneficios.

La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC- y su Centro de Datos para la Conservación, de Colombia, indicó que son los servicios de estudios de impacto ambiental y las consultorías privadas para temas específicos los que poseen un costo.

El Centro de Datos para la Conservación -CDC-, del Ecuador, señaló que la información cartográfica, ya sea digital y analógica; y la información específica sobre flora y fauna poseen un costo. La información que se considera puede ser accesada gratuitamente se encuentra disponible en la biblioteca y en las publicaciones de la institución.

El Centro de Datos para la Conservación -CDC-, de Perú, indicó que en principio la información se difunde de manera gratuita, pero si la solicitud implica un tratamiento especial de la misma, como podría ser un análisis, esto ya implica un costo, lo que se trata directamente con el solicitante, de acuerdo con la magnitud del trabajo adicional.

El Ministerio del Medio Ambiente, de Brasil, señaló que el costo está asociado al tipo de uso de la información y que se encuentra regido por las siguientes leyes: Ley de Bioseguridad No. 8974 del 5 de enero de 1995, Ley de Propiedad Industrial No. 9279 de 14 de mayo de 1996 y Ley de Cultivares No. 9456 del 28 de abril de 1997.

La Fundación Moisés Bertoni, de Paraguay, señaló que el Comité Institucional para Asuntos Científicos, evalúa cada caso en particular y se expide.

La organización no gubernamental Guyrá Paraguay, que desarrolla actividades en el país del mismo nombre y se encuentra dedicada a la conservación de las aves y sus hábitats, indicó que el costo o cobro por información sobre biodiversidad, se encuentra influenciado por los siguientes aspectos: el fin para el cual será utilizada la información y el tiempo destinado por los profesionales de la institución para elaborar la información solicitada.

El Consejo Nacional del Medio Ambiente –CONAMA- de Chile, señaló que la información sobre biodiversidad en el formato de metadatos no posee costos.

TIPO DE ACCESO. En relación a otro aspecto que podría condicionar el acceso a la información sobre biodiversidad, como lo es el tipo de acceso, el 46,4 % (13) de las instituciones analizadas manifestó que el acceso a la información es LIBRE, otro 17,9 % (10) respondió que el acceso se encontraba CONTROLADO y un 35,7 % (10) indicó que dependiendo de la situación el acceso podría ser LIBRE o CONTROLADO.

Cuadro No. 13: Comparación, por Tipo de Institución, del Acceso a la Información sobre Biodiversidad. Tipo

Acceso a la Información

Tipo de Organización

Libre

%

Controlado

%

Ambos

%

Organizaciones Gubernamentales

10

35,7

2

7,2

3

10,7

Organizaciones No Gubernamentales

3

10,7

3

10,7

5

17,8

Organizaciones Académicas

-

-

-

-

1

3,6

Organizaciones Mixtas

-

-

-

-

1

3,6

Total

13

46,4

5

17,9

10

35,7

Los comentarios brindados por las instituciones analizadas, al respecto del tipo de acceso que otorgan a la información sobre biodiversidad, se encuentran resumidos a continuación.

La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad -CONABIO-, de México, indicó que el tipo de acceso a la información sobre biodiversidad que la organización posee, se encuentra regulado por el contenido pactado en los convenios suscritos por la institución al convenir los proyectos convocados y programas especiales. Existe información cuyo uso se encuentra restringido en atención a los proveedores de la información, con quienes se celebran convenios específicos, en los cuales se establecen dichas reservas.

El Instituto Nacional de Historia Natural, de México, indicó que la información proveniente de proyectos enmarcados en los convenios que se realizan con las instituciones que aportan los recursos económicos para la realización de los mismos, poseen información restringida, ya que en él se establecen los mecanismos a desarrollarse dentro del proyecto, así como sus limitantes y, en caso de incumplimiento por parte de alguno de los que intervienen en el convenio, los mismos se deberán someter a la jurisdicción y competencia de los tribunales correspondientes.

El Instituto Nacional de Biodiversidad -INBio-, de Costa Rica, señaló que posee acceso controlado, aquella información al respecto de la cual se especifica en los convenios con otras instituciones.

La Autoridad Nacional del Ambiente -ANAM-, de Panamá, indicó que poseen acceso controlado las bases de datos sobre biodiversidad con las que cuenta la institución.

La Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza -ANCON-, de Panamá, indicó que la información de la base de datos del Centro de Datos para la Conservación que administra la institución, sólo puede ser consultada por el personal de la Dirección Nacional de Conservación y Ciencias, con la aprobación previa del responsable de la misma. Además, aunque se acepte brindar la información requerida, el solicitante deberá especificar la forma en que la quiere y los datos, para con posterioridad procesar la información, siendo el responsable de la Sección de Cómputo, el que extrae el producto de la máquina y se lo entrega al solicitante.

El Instituto Alexander von Humboldt, de Colombia, señaló que la información básica es restringida, de acuerdo con los convenios de acceso que la institución haya firmado. Asimismo indicó que cierta información agregada es de libre acceso.

La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC-, de Colombia, señaló que la información sobre biodiversidad que posee acceso controlado, es la que proviene de la base de datos que la institución administra.

El Centro de Datos para la Conservación -CDC-, del Ecuador, indicó que la información controlada es aquella sobre la cual pesa la petición de otra organización a ese respecto y, por lo tanto, no puede ser divulgada sin su permiso.

El Centro de Datos para la Conservación -CDC- del Perú, señaló que si el generador de la información sobre biodiversidad solicita tratar con reserva cierta información, ésta se mantiene. El CDC siempre ha respetado la autoría de la información o propiedad intelectual si la hubiere. Igualmente, siempre se han reconocido los créditos por la información generada por científicos de otras instituciones. Si es que los generadores de la información han establecido reservas sobre la difusión de cierta información, ésta reserva es respetada.

La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, señaló que el acceso a la información es controlado, cuando sobre el producto resultante del proyecto, la institución no tiene la facultad de disponer de la información, debido a motivos indicados en los contratos firmados entre las partes del proyecto.

La Fundación Amigos de la Naturaleza Noel Kempff -FAN-, de Bolivia, señaló que la información solo se provee por solicitud directa y la institución juzga los fines para los cuales se cree favorable su provisión, siempre con énfasis en la conservación de biodiversidad.

El Ministerio del Medio Ambiente, de Brasil, señaló que el tipo de acceso a información sobre biodiversidad, al igual que el costo, se encuentra, regido por el tipo de uso que se dará a la información que al mismo tiempo es regido por las siguientes leyes: Ley de Bioseguridad, Ley No. 8974 del 5 de enero de 1995, Ley de Propiedad Industrial, Ley No. 9279 de 14 de mayo de 1996 y Ley de Cultivares, Ley No. 9456 del 28 de abril de 1997. Asimismo existe un comportamiento consensuado, no institucional, que restringe la divulgación de informaciones que pongan en riesgo la flora y la fauna.

El Centro de Datos para la Conservación -CDC-, de Paraguay, indicó que la información sobre especies amenazadas, o con alto riesgo debido a cacería o extracción, especialmente en lo referente a su localización geográfica, es la que posee acceso controlado.

La Organización Guyrá Paraguay, señaló que la información sobre distribución precisa de especies críticamente amenazadas, y la relacionada con las especies existentes en las Areas de Importancia para las Aves (IBA´s) son de acceso controlado.

13.2 Conclusiones y Recomendaciones

Costos. En relación al costo que la información sobre biodiversidad pudiera poseer, los datos recabados indican que el escenario se encuentra dividido, casi 50/50, entre aquellas instituciones que asignan algún tipo de costo a la información, y las que no lo hacen. No se observa un comportamiento diferenciado entre las organizaciones gubernamentales y las no gubernamentales.

La asignación de un costo a la información puede poseer dos vertientes:

  1. Valor intrínseco de la biodiversidad: asignar un valor económico a las biodiversidad como recurso.
  2. Valor de accesorios de la información sobre biodiversidad: asignar un valor financiero a aquellas acciones y materiales que son utilizadas en el manejo de biodiversidad: colecta, manejo, analisis y distribución; soportes técnicos y similares.

La institución que mayor experiencia posee en valorar intrínsecamente la biodiversidad, es el INBio de Costa Rica, que a través de un complejo proceso, ha ejecutado proyectos, en los cuales la biodiversidad costarricense posee un valor, que es pagado por la institución con la que el INBio realiza el proyecto, y cuyos beneficios financieros son revertidos en Costa Rica, en diversos proyectos relacionados con la biodiversidad.

La asignación de valor, en el caso de Costa Rica, ha ido mucho más allá que el simple hecho de poseer valor el soporte magnético de la información, o a la impresión en sí de los datos. En este caso específico, se ha valorado la biodiversidad, por ejemplo, como recurso genético o bioquímico. Lo que el INBio custodia y administra, no es el dato o la información sobre recurso genético o bioquímico, sino el "acceso" a ese recurso, cuyos beneficios por su acceso y uso, retornan a Costa Rica, a través de diversos mecanismos.

En todos los demás casos de las instituciones analizadas, el valor asignado a la información se basa en:

  • Costos de recuperación: con base al tiempo destinado por el recurso humano para procesar los datos y producir la información, más la infraestructura destinada al procesamiento y producción de la información.
  • Costo del servicio de evaluación de impacto ambiental y de la realización de consultorías.
  • Costo del soporte informático de la información (compact disc, disquetes magnéticos, etc.). Información en formato digital.
  • Costo de la información cartográfica, ya sea digital o analógica, fotografías aéreas.
  • Costo de publicaciones especiales.
  • Asignación de un costo nominal cuando se sabe que el solicitante de la información va a obtener un beneficio final basado en el procesamiento de la información cedida.

Para muchos autores, la asignación de costos a la información, posee profundas implicancias en el tema de la soberanía nacional, con énfasis en la propiedad de la información por parte de grupos autóctonos, sean estos nativos o rurales, que hacen uso de la misma, y son depositarios del saber utilitario que posee la información sobre biodiversidad.

Este hecho ha sido recogido por la Convención sobre Diversidad Biológica como la "promoción de la participación justa y equitativa de los beneficios derivados de los recursos genéticos", y como la "consideración de todos los derechos sobres esos recursos y tecnologías, así como el logro de una financiación apropiada".

La asignación de un valor intrínseco a la información sobre biodiversidad, debido a que es un tema de alta sensibilidad, debería ser dejada como una prerrogativa nacional e institucional.

Asimismo, en cualquiera de los casos será importante tener presente que la colecta, manejo, análisis y distribución de datos posee un costo, el cual debería de ser estandarizado entre los miembros de la RED.

Como conclusión general, el escenario al respecto del costo de la información sobre biodiversidad, no aparenta demostrar mayores restricciones, puesto que salvo el caso del INBio de Costa Rica, la información no ha sido valorada intrínsecamente, sino por el costo accesorio que demanda el manejo de la misma.

En relación al tipo de acceso a la información sobre biodiversidad, el perfil que se presenta del análisis realizado, es el de que las instituciones de la región poseen un acceso controlado a la información sobre biodiversidad.

No fue posible establecer con claridad cuales eran los criterios utilizados para este control, aún cuando en algunos casos se expresó que la distribución geográfica de especies amenazadas era un criterio utilizado para este fin.

De todos los países analizados, Brasil y EE.UU. son los que poseen una estructura legal e institucional definida para establecer el marco y los criterios para el control del acceso a la información sobre biodiversidad.

En los demás países e instituciones, no fue posible detectar el mismo grado de estructuración antes citado, aún cuando en muchos casos fueron encuestadas autoridades ambientales nacionales.

El criterio más utilizado para establecer el "control" sobre el acceso a información sobre biodiversidad, fue el de "aquellas restricciones que los generadores de la información, o los proveedores del recurso económico para generar la información, impongan sobre la misma".

Como conclusión es posible establecer, que los países, en general, y las instituciones, en particular, no poseen un conjunto de criterios y elementos que de manera uniforme y sistemática le ayuden a establecer prioridades nacionales o institucionales al respecto de "qué" información controlar, y "para quien" controlar.

El control de los datos y/o la información sobre biodiversidad aparenta estar direccionado por situaciones coyunturales, en las que se detectaron los siguientes elementos, en ese orden:

  1. Restricciones que hayan impuesto los generadores (científicos, profesionales, investigadores, financistas del proyecto, otras instituciones) de la información;
  2. Fin u objetivo que se le dará a la información;
  3. Contexto nacional legal e institucional; y
  4. Especies amenazadas y su distribución geográfica.

El hecho de que el tema "costo" y "tipo de acceso" no aparenten poseer reglas uniformemente definidas no quiere decir que no esté gobernado el acceso a la información sobre biodiversidad. Antes bien, asumir que no existen reglas uniformes, podría interferir de manera subreticia con el funcionamiento de la RED, en el sentido de que podría llegar a darse el caso extremo de que cada generador de la información, impusiera sus propias reglas, para el tratamiento de su información, generando una sucesión de escollos y contratiempos, que obviamente impedirán el flujo de información a través de la RED.

Como recomendación general a este respecto, para el diseño de la RED será importante analizar en profundidad los siguientes aspectos:

  • Marco legal de aquellos países que posean herramientas jurídicas específicas sobre el acceso a la información sobre biodiversidad: leyes de propiedad intelectual, leyes de propiedad industrial, y otras similares; y
  • Contenido de los convenios interinstitucionales, en especial en aquellas cláusulas relacionadas con las restricciones que imponen los "generadores" de la información.
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