DIRECCIÓN DE IABIN:

RECOMENDACIONES PARA LA ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA

RED INTERAMERICANA DE INFORMACIÓN SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA

31 de marzo, 1999

Preparado para la Reunión Técnica para el establecimiento de IABIN

Brasilia, Brazil, 15-18 de abril, 1999



RESUMEN EJECUTIVO

La Red Interamericana de Información sobre Diversidad Biológica (IABIN) ha resultado de un mandato establecido por el Plan de Acción acordado en la Cumbre de las Américas sobre Desarrollo Sostenible de 1996, realizada en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. Para implementar IABIN se han llevado a cabo una serie de reuniones de expertos, de las cuales surgió un consenso sobre la necesidad de estudiar varios modelos de gobierno para redes de información. Estos modelos pueden proveer lecciones aprendidas en otras experiencias con redes, y su análisis permite ofrecer recomendaciones sobre como organizar y coordinar IABIN. Este reporte es el resultado de este estudio.

Las siguientes redes de información fueron examinadas durante este estudio: Sistema de Información sobre Conservación de Biodiversidad (BCIS); Red de Información sobre Biodiversidad (BIN21); Red de Observación e Información Ambiental Europea (EIONET); Red Interamericana de Recursos Acuáticos (IWRN); y la Red Norteamericana de Información sobre Biodiversidad (NABIN). Otras redes de información consideradas incluyen la Red de Información sobre Biodiversidad­Brazil, la Red de Información sobre Biodiversidad Canadiense, la Red de Información sobre Biodiversidad de Personas Indígenas, MABNetAmericas y la Red de Patrimonio Natural.

Los siguientes factores fueron identificados como claves para el éxito de IABIN:

Resumen de Recomendaciones

A continuación se proponen las siguientes recomendaciones para la implementación inicial de IABIN. A medida que la red va madurando, se podrán establecer políticas y procedimientos adicionales; sin embargo, un acuerdo de los principios generales de IABIN será suficiente para el establecimiento de la red.

  1. IABIN debe planificarse como una red administrada.


  2. IABIN debe ser manejada por una agencia que tenga objetivos compatibles amplios pero sin un mandato que conduzca a la red en una dirección específica.


  3. IABIN debe tener acceso directo a fondos modestos para facilitar el desarrollo de actividades claves de la red.


  4. Las Partes signatarios del Plan de Acción en la Cumbre de Santa Cruz deben constituir los Miembros de IABIN. Todos aquellos otros que deseen participar pueden solicitar ser Socios de IABIN.


  5. Las Partes signatarios del Plan de Acción en la Cumbre de Santa Cruz deben preparar un Acuerdo de los Principios de IABIN para una firma formal por los posibles Miembros de IABIN.


  6. Desarrollar progresivamente procedimientos operacionales no mandatorios para IABIN que definan protocolos y estándares de la red.


  7. IABIN debe ser manejada por un Comité de Dirección y facilitada por un Grupo(s) Técnico de Trabajo y un Grupo Coordinador de Apoyo.


  8. Establecimiento de un Comité de Dirección para IABIN constituído por puntos focales identificados por los gobiernos participantes en IABIN.


  9. El Comité de Dirección de IABIN debe reunirse cada seis meses por tres años y luego anualmente.


  10. El Comité de Dirección de IABIN debe tomar decisiones normalmente por consenso o cuando ésto no sea práctico, por mayoría. La implementación de IABIN no debe ser demorada por las acciones de pequeñas minorías, a menos que un principio de orden más alto esté en juego.


  11. El Comité de Dirección de IABIN debe delegar temas operacionales a los Grupos Técnicos de Trabajo.


  12. Para facilitar el desarrollo de la red, IABIN debe establecer un centro de red compuesto por un Grupo Coordinador de Apoyo que responda al Presidente del Comité de Dirección.

Reconocimientos

Este reporte fue preparado por el Dr. John Busby, Administrador del Sistema de Información sobre Conservación de Biodiversidad, a través de arreglos con IUCN--La Unión de Conservación Mundial. Los fondos para este estudio fueron suministrados por la Agencia de los E.E.U.U. para Desarrollo Internacional, Proyecto #598-0780, "Proyecto de Apoyo Ambiental," bajo un acuerdo inter-agencial con el Departamento de Interior de E.E.U.U.